El Capitolio – La Comisión de Transportación e Infraestructura de la
Cámara de Representantes atendió la Resolución Conjunta del Senado 467, que
pretende ordenarles a las agencias gubernamentales, que otorgan o deniegan los
permisos de demolición de estructuras públicas o privadas afectadas como
consecuencia de los sismos en Puerto Rico, un plazo de 48 horas para aprobar o
rechazar la demolición total o parcial de la estructura.
El arquitecto Pablo Ojeda del Instituto de Cultura
Puertorriqueña (ICP) dijo al presidente incidental de los trabajos, el
representante Pedro “Pellé” Santiago Guzmán, que el pasado 17 de febrero de
2020, se emitió la Orden Ejecutiva Núm. 2020-017. Esta presenta el trámite para
llevar a cabo la demolición de estructuras dañadas por las actividades
sísmicas, y señala que “son perjudiciales para la preservación y conservación
del patrimonio histórico de Puerto Rico”.
A tales efectos, el funcionario argumentó que “es
irrazonable” que dicha Orden Ejecutiva exima al ICP de emitir autorización a
estructuras históricas que tienen un 50 por ciento de daño estructural y que se
permita demoler una edificación con tan solo una certificación de cumplimiento
ambiental. Ante ello, solicitó a la Comisión que las demoliciones de
edificaciones históricas cuenten con el aval del ICP.
Asimismo, indicó que entregaron a la Oficina Central
de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3, por sus siglas en inglés)
una lista de todas las estructuras que no deben ser tocadas. Esto, al mencionar
que hasta el momento tienen identificadas sobre 60 estructuras históricas afectadas
por los sismos en el Municipio de Ponce.
Referente al término de 48 horas para la otorgación de
permisos de demolición en zonas y propiedades históricas, señaló “no se cometa
el error de establecer por mandato de ley un periodo irrazonable de 48 horas
para la otorgación o denegación de permisos de demolición”.
A preguntas del representante Santiago Guzmán sobre
cuánto sería el término razonable, Ojeda insistió en que hay que proteger todo
lo que es patrimonio histórico y zonas históricas. “El demoler un patrimonio no
ayuda al desarrollo económico… Deben verlo como un activo en el área
turística”, añadió.
Por otro lado, la licenciada Edmé Zeidán de la Oficina
de Gerencia de Permisos (OGPe), adscrita al Departamento de Desarrollo
Económico y Comercio (DDEC), reconoció el propósito general de lo que busca la
medida. Sin embargo, disintió por la forma que está redactada.
“Reconocemos que existen edificios en estados críticos
y que estructuralmente están comprometidos… Ahora bien, el proceso de solicitud
y concesión de permisos de demolición no puede hacerse apresuradamente”, señaló
la abogada.
A tales efectos, Zeidán sostuvo que, “estimamos que la
Orden Ejecutiva es detallada y abarca posibles escenarios que se pueden
suscitar a la hora de solicitar la demolición de un edificio. La Orden
Ejecutiva contiene el curso de acción más adecuado respecto a la evaluación y
concesión de permisos de demolición”.
Mientras, el Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales (DRNA) y la Asociación de Alcaldes sometieron, respectivamente, sus
memoriales endosando la Resolución Conjunta del Senado 467.